Donaciones del Exterior

5. Recibí una donación del exterior en dólares o euros ¿Puedo mantener en esa moneda la donación? ¿Qué trámites debo realizar?

Sí, en principio es posible recibir donaciones en moneda extranjera en una cuenta bancaria en Argentina y mantener los fondos en esa moneda.

La Comunicación “A” 6844 del BCRA (luego de ampliada y modificada) establece una numeración taxativa de los supuestos en los que existe la obligación de ingresar y liquidar fondos en el Mercado de Cambios, siendo éstos los cobros en moneda extranjera obtenidos por: exportación de bienes, la prestación de servicios por parte de un residente a un no residente, y la venta de activos no financieros no producidos por parte de un residente a un no residente. En tal sentido, es posible que una entidad local reciba fondos en moneda extranjera provenientes de donaciones (ya sea en cuentas bancarias locales o cuentas bancarias del exterior) sin que el donatario se vea obligado a liquidarlos en el Mercado de Cambios.

Sin perjuicio de ello, toda vez que las entidades financieras locales deben verificar la legalidad y veracidad de lo informado en cada operación, es posible que requieran distinta documentación de respaldo de la operación (por ejemplo, un acta de donación firmada, acta societaria que aprueba la donación, etc.) a fin de verificar que efectivamente se trata de una donación. Para esto, es recomendable consultar con la entidad financiera en la cual el donatario posea la cuenta bancaria en la que se intente acreditar la donación en moneda extranjera, qué requisitos solicitan a fin de poder acreditar los fondos en la misma moneda.

 

 

 

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